Ante
las nuevas medidas adoptadas por el gobierno en relación
a las jubilaciones de oficio para los docentes, se ha generado
en las escuelas una gran confusión en relación al
régimen jubilatario de los docentes de la provincia de
Buenos Aires.
En este sentido queremos hacer llegar una síntesis informativa
para aclarar dudas, que sugerimos sea leída por todos los
docentes, de cualquier edad, porque implican situaciones que pueden
afectar a cualquier docente en el futuro:
El
régimen jubilatorio provincial
Los docentes de la provincia aportamos al Instituto de Previsión
Social (IPS), que vendría a ser nuestra "caja"
de jubilaciones. El sistema está regido por el Decreto
Ley 9650/80.
Desde
la privatización del sistema jubilatorio la mayoría
de las cajas de jubilación provinciales fueron transferidas
a la nación y unificadas en Anses. El IPS no fue transferido
y sigue funcionando con un régimen propio.
Para
todos los trabajadores rige el sistema de caja otorgante, que
significa que uno sólo puede jubilarse por aquel régimen
jubilatorio donde tenga mas años de aportes.
Si
un docente de la provincia, trabajó además en un
comercio, una fábrica, como docente en provincias que transfirieron
su caja u otras variantes durante más tiempo que el trabajado
como docente en la provincia de Buenos Aires, no puede jubilarse
por IPS, sino que deberá hacerlo por el Anses.
Aclaramos
que en la actualidad el régimen jubilatorio de la provincia
de Buenos Aires es uno de los más beneficiosos en cuanto
a la edad y años de servicio para poder acceder al beneficio
jubilatorio.
Las
condiciones para acceder a la jubilación en la provincia
de Buenos Aires y para el cálculo del haber jubilatorio
son las siguientes:
a)
Teniendo 10 años frente a alumnos:
Con 25 años de servicio y 50 de edad se accede a una jubilación
equivalente al 70% del básico, antigüedad y ruralidad.
La base del cálculo es el mejor cargo en el que se haya
aportado durante 36 meses consecutivos o 60 alternados.
Con
28 años de servicio y 53 de edad al 75%.
Con
30 años de servicio y 55 de edad al 80%. Estas son las
condiciones del máximo beneficio jubilatorio.
Si
un docente tiene 25 años completos frente a alumnos, el
porcentaje se incrementa en un 5% más.
b)
Con menos de 10 años frente a alumnos:
Con
30 años de servicio y 55 de edad se accede a una jubilación
equivalente al 70% del básico, antigüedad y ruralidad.
Para
tramitar la jubilación en la provincia existen dos mecanismos:
1.- Jubilación Ordinaria: el docente fija la fecha de su
renuncia por jubilación. A partir de allí deja de
cobrar hasta que se termine el trámite, y en el primer
cobro, recibe retroactivamente los haberes de los meses que estuvo
sin cobrar. En este sistema se pueden presentar los papeles hasta
6 meses antes de la fecha de cese, y no menos de 1 antes.
2.-
Jubilación a cierre condicionado de cómputos: el
docente presenta los papeles sin consignar la fecha de cese y
sigue trabajando (y cobrando el sueldo) hasta que la DGE le notifique
que el trámite ha terminado y le consigne la fecha de cese.
Allí el docente lleva los papeles al IPS y en 1 o 2 meses
cobra el primer haber como jubilado.
Hay
que tener claro que al momento de presentar los papeles en esta
modalidad, hay que tener las condiciones a las cuales uno quiere
acceder CUMPLIDAS. Esto quiere decir que no se tomará en
cuenta para la antigüedad, ni para cargo jerárquico,
ruralidad, etc, el período que va desde la presentación
de los papeles hasta la fecha de cese.
En
el caso de docentes que trabajen o hayan trabajado en más
de un cargo en forma simultánea, la jubilación se
calcula de acuerdo al porcentaje explicitado en puntos anteriores
sobre uno de los cargos, y del otro o los otros se incrementa
un porcentaje que es el 2,8% por año trabajado en simultáneo
con el cargo por el que se jubila, partiendo de un mínimo
de tres años paralelos.
El
artículo 60 del Decreto Ley 9650/80 habilita a trabajar
a los docentes que ya estén jubilados. Es el único
caso donde revistar en servicio activo y percibir una jubilación
en forma simultánea no constituye una incompatibilidad.
Es importante tener en cuenta que una vez jubilado, los aportes
realizados por el cargo en actividad al IPS, no tienen ningún
beneficio posterior. Esto es, una vez que un docente está
jubilado en un cargo, lo que aporte en forma posterior no va a
significar ningún tipo de incremento en su jubilación.
Lo único que va a significar un incremento, es si tuvo
años trabajados en paralelo con el cargo en el que ya está
jubilado.
El
sistema contempla una retribución especial ("premios")
para los docentes que al jubilarse hayan trabajado mas de 20 años
en la provincia. Con 20 años corresponden 4 sueldos y con
30 años 6 sueldos. El pago de estos premios está
suspendido por la Ley 12.867 mientras dure la emergencia económica
de la provincia. Se supone que aquellos docentes que han presentado
los papeles para jubilarse antes del 30 de marzo de 2002, los
tienen que cobrar.
Jubilación
de oficio
En el 2001 la DGE emitió dos resoluciones (3673/01 y 4085/01)
sobre el tema. En dichas resoluciones se establece la facultad
de la DGE para iniciar la jubilación de oficio de aquellos
docentes que tengan las condiciones para acceder al máximo
beneficio jubilatorio (30 años de servicio y 55 de edad),
y el cese de aquellos docentes que están trabajando siendo
jubilados en un cargo.
Este
año empezaron a llegar los listados de los docentes a los
que les iniciaron la jubilación de oficio. Inicialmente
venían con fecha de cese al 1/8/02 y 1/9/02. Se han presentado
recursos de los docentes en esta situación rechazando la
mecánica planteada por el gobierno, que recomendamos sean
presentados por todos los afectados. Luego de diversas acciones,
la DGE emitió un comunicado flexibilizando la fecha de
cese, que en el distrito fue publicado como comunicado 102 de
Secretaría de Inspección. En la práctica
esto significa que los compañeros siguen trabajando, al
mismo tiempo que el trámite jubilatorio continúa.
Van a seguir llegando listas ya que el gobierno pretende expulsar
de esta manera a 10000 docentes del sistema. EL GOBIERNO NO HA
DADO MARCHA ATRÁS CON LAS JUBILACIONES DE OFICIO. HASTA
AHORA SIMPLEMENTE ESTIRÓ HACIA DELANTE LA FECHA DE CESE.
El
viernes 16/8/02, los diarios informan que en la Legislatura provincial
obtuvo media sanción de diputados un proyecto para abonarle
el 60% del salario por 12 meses a los docentes en situación
de ser jubilados, hasta que cobren su jubilación. De la
información periodística se desprende que la intención
del gobierno es efectivizar los ceses, aunque no se sepa cuando
los docentes cobrarían su jubilación.
El
tema de las jubilaciones de oficio es grave, y forma parte de
una política central del gobierno para llevar adelante
el ajuste sobre la educación pública. Se somete
a miles de docentes a una incertidumbre general sobre su trabajo
e ingresos en el cuadro de la tremenda crisis que estamos atravesando.
Significa condenar a un sector de la docencia a la pérdida
de ingresos en un cuadro de inflación y devaluación
impresionantes. A la vez se intenta disimular la desocupación
en el gremio generando la idea de que habría nuevos puestos
de trabajo que en la práctica no son tales, porque muchos
de ellos son cargos actualmente fuera de planta. Con esto el gobierno
pretende introducir una división entre los docentes "jóvenes"
y "viejos", todos preocupados por un puesto de trabajo.
Es absurdo pensar que un docente en condiciones de acceder a un
merecido descanso luego de años de trabajo, como es la
jubilación, no accede a ella porque no quiere. La mayoría
de los docentes que no se han jubilado es porque NO PUEDEN sostenerse
con el ingreso jubilatorio. Miles de docentes se han transformado
en los únicos sostenes del hogar independientemente de
la edad que tengan, y una rebaja en los ingresos hoy es sencillamente
criminal. La desocupación en la docencia debe ser resuelta
habilitando secciones con 20 alumnos como máximo, para
brindar a los alumnos la educación y atención que
se merecen en un cuadro de crisis que se profundiza. Por todo
esto rechazamos la jubilación de oficio y el cese compulsivo
de miles de docentes.
Secretaría
de jubilaciones
En la seccional funciona una Secretaría de Jubilaciones
a cargo de Cristina Tucci y Romina Del Plá. El horario
de atención es los días viernes de 9 a 14 hs.
Recomendamos
acercarse en ese horario para asesoramiento en general, resolver
consultas y dudas, y tramitaciones en relación a estos
temas. La correcta información ayuda a tomar decisiones
y elimina los temores generados por los permanentes "rumores"
que circulan sobre estos temas. Los esperamos.
Secretaría
de Jubilaciones
Suteba Seccional Matanza
23/8/02
Consejo Ejecutivo Seccional
Suteba La Matanza